Tanto las personas como la Institución tienen un código ético, todas las decisiones que tomen pueden afectar ciertos ámbitos o factores, esto se ve reflejado en el caso de Vilma Palma ya que estas personas no fueron subjetivas con ella, pues no tuvieron una definición conjunta de lo que es ponerse en el lugar del otro.
Ahora relacionando este caso de discriminación con la intersubjetividad, relacionado con el aspecto ético. Los profesores del Instituto Superior Tecnológico Manuel Arévalo Cáceres, ellos no fueron intersubjetivos, pues según la lectura una de las opciones que tenemos ante el otro, seria conocerlo, en este caso como son personas de un mismo país, se podría decir que tiene una misma cultura, es decir costumbre y lengua iguales, estos profesores solo tendrían que haber analizado el estilo de vida de Vilma Palma, ya que posiblemente se diferencie un poco del nuestro, pero eso no quiere decir que no este capacitada para desempeñar su profesión. Se puede inferir que, estos profesores saben el significado de ética, pero no la aplican al demostrar este tipo de actitudes frente a la discriminada, ya que no se ponen en su lugar y no ven que a pesar su deficiencia puede desempeñar bien su labor.
Analizando este caso con las definiciones de libertad y responsabilidad moral se encuentra otro ámbito importante en este ensayo. Primero, es necesario conocer los conceptos de libertad y responsabilidad. Tenemos un concepto no erróneo pero si que deja lugar a preguntas, las cuales dado desde el punto de vista ético no se pueden dejar sin responder. Llevando a la palabra libertad a través de un proceso de definición desde la ética se llego a que la libertad es la capacidad del ser humano de poder actuar y argumentar sus actos, teniendo como base sus propias razones. Por otro lado , La responsabilidad moral es la calificación que recibe una persona por sus acciones desde el punto de vista ético o de valores morales particulares. Se trata entonces de la responsabilidad que se relaciona con las acciones y su valor moral. Desde una ética consecuencialista, dicho valor será dependiente de las consecuencias de tales acciones. Sea entonces al daño causado a un individuo, a un grupo o a la sociedad entera por las acciones o las no-acciones de otro individuo o grupo.
Ahora con estos conceptos hablaremos del caso escogido. La estudiante de Industrias Alimentarias del Instituto Superior Tecnológico Manuel Arévalo Cáceres, Vilma Palma Calle, envío su carta de queja a la Defensoría del Pueblo señalando tal discriminación ya mencionada. Ahora bien, los docentes de la entidad decidieron actuar de esa manera, ya que para ellos la libertad que tomaron fue una decisión moralmente responsable, es decir, para ellos, como entidad, se preocupan por el bienestar del grupo pero no pensaron como directamente la afectada. No vieron lo que ocasionaría en ella y actuaron de una manera incoherente para la sociedad de discapacitados, incluyendo a la estudiante, y otras personas. Se puede decir que pudo ocurrir en caso contrario que decidieran dar clases a ella en el laboratorio sin acompañamiento de su asistente y así dejar que desarrolle sus prácticas y estudios pre – profesionales. Pero esto quizás genere un comentario de otras personas que estarían de acuerdo con que no se dicte clases para ella sola, ya que pueda ocurrir algún accidente que pueda afectar al ambiente de estudio. La opinión que damos como grupo es que la decisión tomada por los docentes no debió ser personal, es decir, debió primero hacerle presente y consultar con la estudiante llegando a un acuerdo que la comprometa a cumplir con lo debido en caso de algún inconveniente, y así satisfacer los dos puntos de vista.
El 20 de octubre del 2006 Vilma Palma Calle (36), estudiante de Industrias Alimentarias del Instituto Superior Tecnológico Manuel Arévalo Cáceres, es la primera victima de discriminación que denuncia penalmente, ante la Defensoría del Pueblo, a sus agresores. La joven estudiante era víctima de discriminación por tener discapacidad motora y de lenguaje.
Cuando la joven se graduó e inició sus prácticas preprofesionales como asistente de laboratorio en el mismo instituto cuatro profesores le recordaron que padece de discapacidad y pidieron que sea despedida. Y así fue. La recurrente presentó la carta que los cuatro docentes enviaron por su designación como practicante para la atención del turno nocturno debido a su “discapacidad psicomotora y problemas de vocalización, lo que no le permite una comunicación fluida, razones que dificultan su desempeño en este puesto”. En dicha comunicación, los referidos docentes también señalaron que “a fin de evitar accidentes o similares de la propia practicante y de los alumnos, SUSPENDEREMOS las prácticas en el turno nocturno mientras no se designe con responsabilidad al personal asistente o practicante en los laboratorios de industrias alimentarias”. Si bien la joven continuó con el desarrollo de sus prácticas luego de que se designará a una persona como asistente del laboratorio, a quien ella apoyaría, los docentes se negaban a brindar las clases en el laboratorio cuando Vilma Palma se encontraba sola en el laboratorio.
De acuerdo al INEI, encuesta realizada en el 2005,el 5.7% de la población peruana sufre de alguna discapacidad. Vilma Palma es parte de la población con dos o más discapacidades (43.5% de la población de discapacitados), es decir, es parte de un gran grupo de discapacitados. Con esto, se deduce, que ella no es la única que sufre discriminación por parte de los demás, sino que son miles de peruanos. Asimismo, cabe resaltar que ella fue la primera en denunciar este tipo de actos hacia las personas discapacitadas.
U_U hago cosas tan estupidas ._. ya ni se xk las ago xD.. es naturaleza supongo :l en el mejor d los casos.. lo k escribo te ayudara ^^.. d alguna u otra manera XD